La Corte Suprema de Justicia reafirmó que la actividad de los buscadores de Internet se encuentra amparada por la “libertad de expresión” y cumplen una “función de enlace”, pero no “captan” ni “reproducen” imágenes que se difunden en un sitio original.
La demanda había sido promovida por la modelo Carolina Valeria Gimbutas, cuyo nombre aparecía en Google relacionado a páginas de contenido sexual.
Se determinó que la actividad de los buscadores de Internet se encuentra amparada por la libertad de expresión porque son intermediarios que se limitan a mostrar contenidos ajenos y exhibidos en otras páginas web.


