Prohíben venta de productos médicos y cosméticos

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La Administración Nacional de Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y la comercialización de una serie de productos médicos, cosméticos y domisanitarios.
La autoridad regulatoria se ocupó del artículo rotulado como «TONE VITAE OXIDANTE EN CREMA 100% estabilizada- Profesional-20 volúmenes- Cont. Neto 900 ml. Elaborado por Laboratorios Apotarg S.R.L». La medida se adoptó luego de que la Dirección de Vigilancia de Productos (DVS) advirtiera que «el producto fue elaborado en un establecimiento distinto al declarado en la inscripción sanitaria y que a su vez ese establecimiento no se encontraba habilitado para esos fines».
Por otra parte, se prohibición el uso, comercialización y distribución de los productos «Glicerina» y «Agua de Azahar» «y cualquier otro detallado en el Anexo I de la Disposición ANMAT N° 8417/16 que declaren ser elaborados o fraccionados por Droguería San Antonio de San Antonio Group SRL. hasta tanto obtenga las autorizaciones correspondientes».
También se prohíbe el uso y comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como: «Plusbelle Kids Shampoo Energía y Frescura- ananá skater, cont. neto 750 ml, Lote 291016 Vto: 10/2018, Industria Argentina, elaborado por Alicorp».
Además se prohíbe el uso y la comercialización de todos los lotes de los siguientes productos rotulados como: «Argen Pure, Purificador de Agua Portátil, contiene 1 purificador de Agua Modelo AP 105, 1 Repuesto Intercambiable (instalado), 1 Manual de Uso y Garantía, Industria Argentina. RNE 010045357, RNPUD 0250001, con datos de lote y con fecha de vencimiento y Argen Pure, repuesto intercambiable para purificador de agua portátil. Contiene 1 Repuesto Intercambiable Modelo AP 105-F; Industria Argentina», elaborados por la firma Blansol S.R.L. hasta tanto obtenga la correspondiente inscripción.
La disposición 10181-E/2017  prohíbe la distribución y comercialización de medicamentos y especialidades medicinales en todo el territorio nacional a la Distribuidora ACCOR (…) hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación.
Por último, se prohíbe la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales en todo el territorio nacional, a excepción de la provincia de Buenos Aires.

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