En las escuelas públicas de Salta no se podrá dar educación religiosa

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial de educación que incorporaba la enseñanza religiosa en los planes de estudio de las escuelas públicas de Salta.
El tribunal subrayó que algunos artículos violan los derechos «a ejercer libremente el culto, y los derechos de aprender y de privacidad».
El máximo tribunal falló a favor de un grupo de padres, que había presentado un amparo colectivo para cuestionar la obligatoriedad de la educación religiosa, contemplada en el artículo 49 de la Constitución provincial. Los querellantes denunciaron, en su momento, que la ley violaba los derechos a la libertad de religión y conciencia, a la igualdad, a la no discriminación y a la intimidad.

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