La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) autorizó a la empresa Sundown Jet S.
A. a explotar servicios no regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte. La medida fue oficializada este martes en el Boletín Oficial mediante la resolución 651/2019 aprobada por el titular de esta área Tomás Insausti.
De esta manera, según manifiesta la medida, con carácter previo al ejercicio de los derechos que se confieren mediante la presente resolución, la Empresa Sundown Jet deberá obtener el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (C.E.S.A.), con la constancia de los servicios de transporte aéreo que se otorgan.
Asimismo, la compañía tendrá que obtener el certificado correspondiente dentro del plazo de un año calendario.
En tanto, la empresa que comenzará a realizar vuelos en el país, deberá iniciar las operaciones dentro de los 180 días siguientes a la fecha de obtención del certificado CESA, con relación a los servicios otorgados en virtud de la presente resolución. Además, en su explotación no deberá interferir, tanto en su faz comercial como operativa, con los servicios regulares de transporte aéreo.
De este modo, ANAC estableció que Sundown Jet ajustará su actividad y la prestación de los servicios conferidos a los requisitos previstos en la Ley 17.285 del Código Aeronáutico y sus modificatorias; la Ley 19.030 de Política Nacional de Transporte Aéreo Comercial, las normas reglamentarias vigentes y las que se dicten durante el ejercicio de la presente autorización.
En este aspecto, la administración nacional también evaluará las tarifas a aplicar, los seguros de ley, los libros de a bordo y libros de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como así también de sus seguros, tarifas, cambio de domicilio y/o base de operaciones.
Así, la Empresa deberá proceder a la afectación del personal que desempeñe funciones aeronáuticas, como así también habilitar una cuenta de correo electrónico para la tramitación de las denuncias de los usuarios de transporte aéreo e informarla al Departamento de Fiscalización y Fomento, dependiente de la Dirección de Explotación de Servicios Aerocomerciales.
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