Jueces obligaron a un padre a depositar el 18% de su salario a su hijo, en concepto de cuota alimentaria, luego de que este último presentara un reclamo ante la justicia. La Jueza de Familia, doctora María Marta Nieto, explicó que este tipo de presentaciones “son comunes” y que el nuevo Código Civil establece que los jóvenes pueden extender el reclamo “hasta los 25 años”, si es que “están estudiando”.
Según lo marca el texto actual del Código Civil, “Los padres tienen la obligación y el derecho de prestar todos los recursos económicos y asistenciales a favor de los hijos menores de edad, que entró en vigencia el 1° de agosto de 2015”. En este sentido, aclaró que “ya con anterioridad a la sanción del Código, se extiende la obligación alimentaria hasta los 21 años” y explicó que “hasta el 2010 una persona era menor de edad hasta los 21 años, después de ese año se dictó una ley por la cual la mayoría de edad se adquiere a los 18 años, pero ya esa ley decía que la obligación alimentaria se extendía hasta los 21 años”.
La doctora sostuvo que “Lo que trae como novedoso el nuevo Código Civil es que le da la posibilidad al hijo de exigir alimentos en los mismos términos hasta los 25 años, pero sólo si está estudiando”. Explicó: “el padre no le va a tener que prestar la cuota alimentaria al hijo en caso de que acredite que este hijo tiene capacidad para procurarse sus propios recursos. Por ejemplo: hay chicos que terminan la secundaria y directamente ingresan a trabajar”.
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