Gestará el bebé de su amiga

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Una mujer que no podía gestar obtuvo la autorización judicial para que una amiga lleve adelante su embarazo, concebido mediante técnicas de fertilización asistida, y que una vez nacido el niño, se le permita inscribirlo como propio y no de la mujer gestante.
El juez de 1ª Nominación de Familia de la ciudad de Córdoba, Luis Belitzky, hizo lugar al pedido y para este caso concreto declaró inconstitucional el artículo 562 del Código Civil y Comercial, según el cual una persona nacida mediante una técnica de reproducción asistida es hija de quien la dio a luz, dando lugar a la maternidad subrogada.
En este caso, al suspender la constitucionalidad de ese artículo, la Justicia convalidó el acuerdo para que la mujer que solicitó la práctica inscriba en el Registro Civil como propio al hijo que se gestará en el vientre de la otra, a quien la une un vínculo de amistad, y que accedió a prestar su útero de manera altruista.

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