Impulso a la implementación del Abogado del Niño

0
521

La ministra de Justicia y Derechos Humanos Laura Echenique, la secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia Georgina Tavella, y el presidente del Colegio de Abogados de Córdoba, Ignacio Segura, firmaron un convenio de colaboración para fortalecer la implementación y utilización de la figura del “Abogado de Niñas, Niños y Adolescentes” creada por Ley provincial 10.636 en junio del 2019.

El acuerdo se rubricó en el Auditorio del Colegio de Abogados, y contó con el acompañamiento de la secretaria de Justicia, Leticia Aguirre, de la Jueza de Familia Belén Mignon, de la jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia familiar y Género, Carla Olocco, de funcionarios y funcionarias de la SeNAF y profesionales del Derecho.

Laura Echenique resaltó los tres ejes del acuerdo que impulsan la implementación de la Ley: “El Registro, la Capacitación y, sobre todo, la incorporación de un mecanismo a través del cual los abogados de la matrícula van a poder cobrar los honorarios por cada una de las actuaciones que realicen”.

Además la ministra destacó la celebración del convenio en el Colegio de Abogados“como muestra del trabajo conjunto y la búsqueda de consensos, siempre perfectible”, para el ejercicio de derechos de parte de niñas, niños y adolescentes.

“Para nosotros la firma del Convenio con el Ministerio de Justicia de la Provincia es un paso adelante, muy importante; viene a materializar una situación de hecho que ya existía pero que hoy ya está legislada y la verdad le va a dar mucha más certeza al trabajo profesional de nuestros colegas”, afirmó Ignacio Segura.

El presidente del Colegio de Abogados indicó, además: “la capacitación que ofrece el Colegio la vamos a expandir a toda la provincia para que todos los abogados y abogadas de Córdoba puedan formarse en esta materia y poder inscribirse en cada uno de los Registros de Abogados del Niño provinciales”.

Puntos del convenio

En virtud del acuerdo se fijó el monto y el procedimiento para el cobro de los honorarios profesionales por la actuación iniciada y concluida en sede administrativa, de las y los abogados de Niñas, Niños y Adolescentes. Los honorarios son abonados por el Estado a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos como lo prevé la Ley, y la Dirección de Asuntos Legales de SeNAF brindará instructivo y apoyo en todo el procedimiento para el cobro de los mismos.

A partir del convenio, también las partes se comprometieron a trabajar en forma conjunta para el fortalecimiento del Registro Provincial de Abogados de Niñas, Niños y Adolescentes, su conformación y organización de conformidad a la ley y reglamentación vigente.

Así también, convinieron trabajar de manera articulada en la promoción de cursos, seminarios, talleres y programas de capacitación que aborden el marco normativo constitucional, convencional y legal, vinculado con la tarea y función de la abogada y abogado de Niñas, Niños y Adolescentes, y conceptos y habilidades relacionadas, con apoyatura en la interdisciplina.

La capacitación es uno de los requisitos previsto por la Ley 10.636 en orden a acreditar la especialización requerida en materia de derechos para ejercer como abogado del niño. A su vez, el acuerdo prevé que el Colegio de Abogados diagrame una capacitación con disponibilidad constante, para el supuesto que un niño o niña quiera nombrar como su abogado a una abogada o abogado de su confianza, y este pueda cumplimentar la capacitación exigida para la inscripción en el Registro Provincial.

El acuerdo celebrado y los mecanismos en él contemplado, promueven la tarea del profesional para representar los intereses personales del niño, niña y adolescente en armonía con las garantías constitucionales y convencionales del derecho de defensa y de su derecho a ser oídos.

El acto contó en su cierre con la participación de los niños y adolescentes de la orquesta juvenil Los Benjaminos.

El Abogado del Niño

La sanción de la Ley 10.636 significó un avance fundamental para la provincia en términos de protección de derechos y en particular de derechos de niñas, niños y adolescentes. La Ley afianza la garantía del derecho a que el interés y la opinión de niñas, niños y adolescentes sea tenida en cuenta en los asuntos que les conciernen.

La figura del “Abogado del Niño” actúa representando legalmente los intereses personales e individuales de las niñas, niños y adolescentes en cualquier procedimiento administrativo o judicial en materia civil, de familia, laboral o en el fuero de niñez, adolescencia, violencia familiar y de género, que lo afectare, o penal cuando la niña, niño o adolescente hubiere sido víctima directa o indirecta de un delito, sin perjuicio de la representación complementaria que ejerce el Asesor de Niñez y Juventud.

Comentarios

comentarios

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.