La amistad en FACEBOOK no invalida un testigo

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La Cámara 9º de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba aseguró en un fallo que el hecho de que un testigo figure como amigo de una de las partes en Facebook o cualquier red social no es determinante para descalificarlo si no se acompaña otro elemento probatorio.
El Tribunal rechazó el recurso de apelación planteado por el propietario y el conductor de un vehículo contra la sentencia dictada por el Juzgado de 5º Nominación del fuero. «Esta resolución, que ahora ha sido ratificada, había rechazado la demanda por daños y perjuicios planteada por aquellos y, por el contrario, había hecho lugar a la reconvención de la demanda formulada por el demandado, por entender que este último había resultado ser el damnificado por un accidente de tránsito. Como consecuencia, la indemnización fue fijada en 19.900 pesos (más intereses)».
Descartar el testimonio por esa sola razón «implicaría desconocer la incidencia y la magnitud que tienen Internet y las redes sociales en la actualidad en todo el mundo, máxime cuando no se advierten elementos adicionales a esta sola circunstancia para poner en duda sus declaraciones, y ninguno de ellos estaba comprendido en las generales de la ley».

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