La indemnizan por hacerle perder horas haciendo trámites

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La Sala A de la Cámara Federal de Rosario confirmó una sentencia en contra de una obra social y la condenó a pagarle $100.000 a una esposa por haber dilatado la cobertura médica de su hija discapacitada -a pesar de que ya había sido ordenada judicialmente- y haberle hecho “perder horas de su vida” dentro de trámites para tratar de conseguirla.
El fallo concluyó que la Obra Social de Docentes Particulares (OSDOP)  “tuvo una conducta reticente y dilatoria al momento de cumplir con las prestaciones a su cargo, incumpliendo lo ordenado por medio de sentencia firme”, que ya había sido dictada dentro de octubre de 2017.
Esto llevó a que ya, A lo largo de los años en que ya transcurrió el conflicto entre las dos partes, la mujer tuviera que ubicar formas alternativas de costear la atención médica que su hija necesitaba. Al mismo tiempo, debió solventar Además el costo de numerosas cartas de documento enviadas a la álbum social, dentro de las que ya exigió se le reintegraran los gastos dentro de los que incurrió.
Para fundamentar la Decisión, los jueces se basaron en los testimonios de diversos doctores que trataron a la esposa y su hija, quienes confirmaron la veracidad de sus reclamos.
 “Lo que yo A mí me pacto es que ya M. T. debía muchos inconvenientes al momento de que le reconocieran Ciertas prestaciones, los tiempos en que ya le reconocían y básicamente en lo que A mí me compete, con respecto a la medicación, tenía muchas dificultades al instante de presentar la documentación a fin de que ya se le autorizara la medicación en tiempo y forma”, graficó Al respecto uno de los testigos.
Otro testigo consignó que el caso llegó a un extremo tal que ya compañeros de trabajo de la mujer juntaron dinero para ayudarla, y que También solicitó asistencia a la municipalidad de Pérez, barrio En el que vive.
Comprobado el incumplimiento por comunicado de la obra social, la Cámara concluyó que ya la mujer “no Encontró una respuesta satisfactoria dentro de la atención recibida”, Sino por el contrario, “la ocasión por ella vivida A lo largo de muchos años, la pérdida de horas de su vida en las tramitaciones que se vio obligada a elaborar, le han significado un padecimiento espiritual digno de ser indemnizado a título de daño moral“.
Por tanto, aparte de confirmar la sentencia de primera instancia -que hacía sitio al reclamo- estableció el pago de $100.000 pesos a modo de resarcimiento.

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