La justicia obliga a padres a vacunar a su hijo

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La Cámara Nacional en lo Civil intimó a los padres a vacunar a su hijo recién nacido. La pareja argumentaba que la inmunización podía ser riesgosa y por eso no le querían dar las vacunas anti hepatitis y contra la tuberculosis.
Finalmente, el bebé, nacido a fines del año pasado, debió ser inmunizado bajo apercibimiento de hacerlo de manera compulsiva ya que podría afectar a la salud de su entorno en caso de contagiarse de algunas de las enfermedades que previenen las vacunas.
La causa se inició tras el informe de un sanatorio porteño sobre la negativa de los padres de cumplir con el «calendario oficial» que prevé la aplicación de las vacunas anti hepatitis B y BCG (contra la tuberculosis). De acuerdo a las normativas vigentes, las instituciones médicas tienen la obligación de denunciar si un menor no fue vacunado como corresponde.
En este caso, tomó intervención la Defensoría de Menores e Incapaces y logró el fallo de primera instancia, que posteriormente fue apelado por los padres del recién nacido ya que la vacunación de T. S. suponía un «alto riesgo para su salud con peligro de muerte súbita».
Los padres habían aportado un certificado médico explicando que la falta de vacunas «de ninguna manera puede derivar en una pandemia o epidemia generalizada que ponga en riesgo la salud de la población». No obstante, la Justicia se expidió en contra de esta petición y el pequeño deberá ser vacunado.
Finalmente, la Cámara analizó que si bien «el régimen legal aplicable al caso varió durante el escaso tiempo transcurrido entre la resolución apelada y el presente pronunciamiento», por la entrada en vigencia hace dos semanas, de la ley 27.491, se mantiene la «obligatoriedad» para todos los habitantes del país de aplicarse las vacunas incluidas en el plan oficial.

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