El Gobierno promulgó la ley 27.399, que establece el regreso de los feriados puente y fija los días festivos de 2018. Lo hizo a través del decreto 831/2017, que fue publicado en el Boletín Oficial de este martes con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro del Interior Rogelio Frigerio.
El proyecto mantiene la misma estructura de feriados inamovibles y trasladables, pero agrega que el Poder Ejecutivo podrá fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables que coincidan con los días lunes o viernes, con el fin de «promover la actividad turística». Según la iniciativa, el Poder Ejecutivo deberá establecer esos feriados con 50 días de antelación a la finalización del año calendario.
FERIADOS NACIONALES INAMOVIBLES
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1° de enero: Año Nuevo.
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Lunes y Martes de Carnaval.
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24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
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Viernes Santo.
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2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
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1° de mayo: Día del Trabajo.
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25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
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20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.
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9 de julio: Día de la Independencia.
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8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
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25 de diciembre: Navidad.
FERIADOS NACIONALES TRASLADABLES
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17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
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17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
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12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
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20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
DIAS NO LABORABLES
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